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¿Cómo debe actuar la comunidad de propietarios ante una fiesta en casa de un vecino?

Comunidades de Vecinos / Propietarios, Ley de Propiedad Horizontal

A día de hoy, y más cuando las restricciones relacionadas con el COVID-19, son cada vez menores, el número de fiestas en viviendas aumenta. Por eso mismo, muchos afectados nos preguntan cómo debe actuar la comunidad de propietarios ante una fiesta en casa de un vecino.

Es posible que hayas tenido que vivir las molestias ocasionadas por ruidos procedentes de alguna fiesta en casa de un vecino. Además, este problema puede ir más allá de los sonidos molestos: gente desconocida que va y viene, botellón, ruido, etc.

Frente a esta situación, es importante conocer cómo debe actuar la comunidad de propietarios ante una fiesta en casa de un vecino.

¿Qué podemos hacer si nos afecta la fiesta en casa de un vecino?

Si la fiesta que realiza otro vecino en su casa nos afecta y, por tanto, somos vecinos o vecinas afectados, en primer lugar, deberíamos acercarnos a casa de este vecino y comunicarle, siempre desde la cordialidad, evitando generar un malestar posterior, que su fiesta nos está provocando malestar por su actividad molesta.

La intención con la que acudamos a casa del vecino siempre será intentar solucionar el problema que nos esté generando, tanto a nosotros como a nuestra familia, de modo que debemos exponer nuestro problema para intentar que nos entienda y se ponga en nuestro lugar. Siempre lo haremos de manera pacífica y sin perder el respeto ni las formas, si lo que queremos es “llegar a buen puerto”.

No obstante, es posible que esto no siempre tenga resultado y el vecino no responsa con la misma cordialidad con la que le hemos hablado.

Si soy yo el vecino que desea hacer una fiesta, ¿cómo puedo hacerla sin molestar?

Si queremos mantener una buena relación con nuestros vecinos, intentaremos evitar molestarles. Si tenemos en mente hacer una fiesta en nuestra casa, deberíamos tener en cuenta:

  • Lo ideal es informar a nuestros vecinos de que queremos realizar una fiesta en casa.
  • Limitar la cantidad de amigos o familiares a los que invitamos.
  • Controlar el volumen de la música y del ruido que hagamos.
  • Que la fiesta tiene un principio y un final.

¿Es posible controlar el ruido?

La mejor forma de controlar el ruido es conociendo la hora máxima permitida para ello. Ante esto, la Ley de Propiedad Horizontal señala en su artículo 7.2 que “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

La realidad es que esta norma no detalla, de forma específica, los horarios que las comunidades establecen en sus estatutos, pero, por lo general:

  • De lunes a viernes: de 8:00 a 21:00 o 22:00 horas.
  • Fines de semana o festivos: 9:30 a 21:00 horas.

Además del horario, debemos tener en cuenta también el máximo de decibelios, que, por lo general, para una zona residencial, no se podrían superar los 35 decibelios.

¿Me pueden imponer una sanción por hacer ruido cuando hago una fiesta en casa?

La realidad es que sí. Esto dependerá en gran parte de la población en la que residamos o realicemos la fiesta y existen tres tipos de sanciones: leves, graves y muy graves.

  • Las sanciones leves pueden llegar a multas de 600 euros.
  • Las graves podrían acarrear una multa que podrá oscilar entre los 601 y los 12.000 euros.
  • Las infracciones muy graves podrían tener multas de hasta 300.000 euros.

Estas sanciones las impondrán las autoridades competentes, por lo general la policía municipal, previa medición con sonómetro.

Por su parte, la Comunidad de Propietarios puede aplicar el procedimiento regulado en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

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