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¿Quién paga los daños si hay un incendio en mi comunidad de propietarios?

Comunidades de Vecinos / Propietarios

Una de las dudas más frecuentes ante los incendios en una finca o urbanización es quién paga los daños en la comunidad de propietarios cuando se dan este tipo de accidentes.

Según los datos aportados por la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos (ATPB), en España se producen una meda de 47 incendios diarios en los hogares. La realidad es que el fuego y el humo pueden ocasionar tanto daños personales como materiales cuando se produce un incendio, tanto en la vivienda en la que se produce como en las zonas comunes del edificio.

Esto lleva a muchos vecinos a preguntarse, en caso de que el incidente afecte a zonas comunes, quién paga los daños si hay un incendio en la comunidad de propietarios.

En muchas ocasiones, los inmuebles privados y la comunidad de propietarios están cubiertos por una póliza de seguro. No obstante, por lo general, la parte responsable del incendio es la que se encarga de pagar los daños ocasionados por este.

¿Qué ocurre si el incendio ha sido intencionado?

Si se demuestra que el incendio que tiene lugar en una vivienda o en las zonas comunes de una comunidad de propietarios ha sido intencionado, el culpable será quien se haga cargo de responder a todos los daños ocasionados y, en caso de que el responsable fuera menor de edad, los encargados serán sus progenitores o tutores legales.

Por el contrario, si se demuestra que no ha sido intencionado, será la aseguradora quien se encargue de reparar los daños ocasionados.

Daños en la comunidad de propietarios

Si el incendio tiene su origen en las zonas comunes de la comunidad de propietarios, será la propia aseguradora la que hará frente al pago de los daños ocasionados.

Además, los daños que se produzcan en los locales comerciales pertenecientes a la comunidad de propietarios también serán cubiertos por el seguro.

Aun así, el seguro de la comunidad de propietarios no cubre la indemnización por los daños y pérdidas que los vecinos pueden sufrir en sus hogares, sino que será la póliza de cada vecino quien pague estos daños.

¿Qué ocurre si la comunidad no cuenta con un seguro?

La realidad es que no en todas las Comunidades Autónomas* existe la obligatoriedad (aunque sí la recomendación) de contar con un seguro en la comunidad de propietarios y, al no ser obligatorio, si no se tuviera, los propietarios serán los encargados de hacer frente al pago de la reparación de los daños comunes, por medio de las cuotas de la comunidad o de una derrama.

Del mismo modo, si se da que la cantidad que indica la póliza no es suficiente para cubrir todos los daños, los propietarios serían los encargados de aportar la diferencia.

*En la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana SÍ es obligatorio contar con una póliza de seguro de la propia comunidad de propietarios.

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