Alquiler turístico en comunidades de vecinos: el cambio legal que entra en vigor el 3 de abril

El alquiler turístico en comunidades de vecinos está a punto de enfrentarse a un giro importante. A partir del 3 de abril, entra en vigor una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que impactará a miles de propietarios en toda España. Y es que, a partir de esa fecha, quienes quieran destinar su vivienda al alquiler vacacional tendrán que contar con el permiso expreso de su comunidad de propietarios.
Una medida que pretende poner freno al crecimiento descontrolado de pisos turísticos y, sobre todo, reducir los conflictos entre vecinos.
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¿Qué cambia exactamente en la ley?
Hasta ahora, las comunidades podían limitar o incluso prohibir el alquiler turístico mediante un acuerdo de mayoría cualificada. Sin embargo, la modificación que entra en vigor el 3 de abril va un paso más allá: los propietarios necesitarán la aprobación previa y explícita de la comunidad antes de comenzar esta actividad.
Es decir, si estás pensando en poner tu vivienda en plataformas como Airbnb o Booking, necesitarás el «sí» de tus vecinos.
¿Cómo afecta a las comunidades de vecinos?
El impacto será directo. Si no existe un acuerdo comunitario que permita el alquiler turístico en comunidades de vecinos, cualquier propietario que lo practique sin permiso podrá ser denunciado.
Eso sí, antes de acudir a la vía legal, se deberá advertir al propietario y pedirle que cese la actividad. Si no lo hace, los vecinos podrán tomar medidas, que podrían derivar en sanciones económicas de hasta 600.000 euros, dependiendo de la normativa autonómica.
¿Qué mayoría se necesita para aprobar o prohibir estos alquileres?
Para decidir si se permite o no el alquiler turístico en un edificio, será necesario contar con el respaldo de las tres quintas partes del total de propietarios, representadas por cuotas de participación.
Estas decisiones se pueden tomar en las juntas ordinarias (que suelen celebrarse una o dos veces al año) o convocando una junta extraordinaria con ese único punto en el orden del día.
¿Qué pasa con los pisos turísticos que ya están funcionando?
La nueva normativa no es retroactiva, por lo que si un piso turístico ya estaba en funcionamiento antes del 3 de abril, no se verá afectado. Sin embargo, conviene revisar cada caso porque algunas comunidades autónomas tienen sus propios registros y requisitos específicos.
¿Por qué se hace este cambio?
El crecimiento del alquiler turístico en comunidades de vecinos ha generado múltiples quejas por ruidos, inseguridad y rotación constante de personas. Esta reforma pretende dar más poder a las comunidades para regular esta actividad y proteger la convivencia vecinal.
En resumen
Si estás valorando alquilar tu vivienda como piso turístico, no te lances sin consultar primero con tu comunidad. A partir del 3 de abril, será obligatorio tener su aprobación por mayoría cualificada. Y si eres vecino afectado por un alquiler turístico problemático, ahora tendrás más herramientas legales para actuar.
En Afincalitas, te ayudamos a entender cómo aplicar esta nueva normativa en tu comunidad de propietarios. Si necesitas convocar una junta, revisar estatutos o actuar ante irregularidades, contáctanos y te asesoraremos con claridad y rapidez.