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Inspecciones obligatorias en las comunidades de vecinos

Comunidades de Vecinos / Propietarios

Existen una serie de inspecciones obligatorias en las comunidades de vecinos que estas deben pasar de forma periódica en elementos como los extintores, las piscinas, etc.

Hay una serie de elementos en la comunidad de propietarios que requieren especiales revisiones por la trascendencia e importancia de uso para la comunidad. A continuación, vamos a ver cuáles son las inspecciones obligatorias en las comunidades de propietarios.

Ascensores

  • Cada 2 años en edificios industriales.
  • Cada 4 años en edificios de más de 20 viviendas o más de 4 plantas.
  • Cada 6 años en el resto de edificios

Electricidad

  • Cada 10 años en edificios de más de 24 viviendas o con potencia superior a 100 Kw.
  • Cada 5 años en garajes con más de 24 plazas, en pis[1]cinas y alumbrados exteriores con potencia superior a 5 kw.

Incendios

  • Cada 12 años y en garajes con más de 500 m2 cada 10 años.

Depósito gasoil

  • Cada 10 años si:
  • el interior tiene capacidad entre 1000 y 3000 litros
  • el exterior tiene capacidad entre 1000 y 5000 litros.
  • Cada 5 años para tanques enterrados o cuando el interior tenga capacidad para más de 3000 litros o el exterior tenga una capacidad mayor de 5000 litros.

Eficiencia energética

  • Cada cuatro años:

Si se trata de edificios con calefacción centralizada de más de 70 Kw con combustible gaseoso o renovable.

  • Cada dos años:

Cuando se trata de edificios con calefacción centralizada de más de 70 Kw con el resto de combustibles o refrigeración de más de 70 Kw.

Inspección técnica del edificio

Una de las inspecciones obligatorias más temida en las comunidades de vecinos es la inspección técnica del edificio o ITE.

¿Qué es la ITE?

Se trata de una evaluación que deben superar todos los edificios con una antigüedad superior a 30 años, con el fin de garantizar que el edificio es seguro en cuanto a su estructura. Esta evaluación tiene una validez de 10 años, y pasado este tiempo hay que volver a hacer la inspección completa del edificio.

Tal y como se enuncia en el GuíaBurros: Comunidades de vecinos”, con la aprobación de la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana se ha regulado un nuevo informe conocido como IEE, que es el informe de evaluación de edificios.

¿Qué es el IEE?

Se trata de una ITE ampliada, ya que además del estado de conservación del inmueble, evalúa la eficiencia energética y las medidas de accesibilidad universal con las que cuenta el edificio.

Si la ITE evalúa una serie de condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornamentación, la IEE, además del estado de conservación del edificio, entra a valorar el grado de eficiencia energética y el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad. Para solicitar cualquier tipo de subvenciones públicas es necesario tener en vigor el informe IEE, ya que se pretende que sustituya al actual

Fechas en las que hay que pasar cada una de estas inspecciones

ITE: Cada 10 años cuando el edificio haya cumplido 30 años.

IEE: También cada 10 años con las siguientes fechas de inicio:

  • En los 5 años siguientes a que el edificio cumpla 50 años.
  • SI el edificio tiene más de 50 años, pero pasó la ITE antes del 28/06/2013 se ejecutará cuando haya que pasar la ITE.
  • Si el edificio tiene más de 50 años, pero pasó la ITE después de 28/06/2013, se tendrá que ejecutar antes del 28 de junio de 2018.

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