Juntas de vecinos por videollamada: la reforma que cambiará cómo se gestionan las comunidades

Las juntas de vecinos por videollamada podrían convertirse en una realidad muy pronto. El Grupo Parlamentario Socialista ha propuesto una reforma clave a la Ley de Propiedad Horizontal que, entre otras cosas, permitirá a las comunidades de propietarios celebrar sus reuniones de forma telemática.
Sí, has leído bien: ya no tendrás que aguantar a tu vecino del quinto en persona (al menos no en las juntas). Esta propuesta, incluida en una enmienda presentada en el marco de un Real Decreto sobre reformas en la Justicia y la Función Pública, introduce una serie de cambios que pretenden modernizar la gestión comunitaria y adaptarla a los nuevos tiempos.
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¿Qué propone exactamente la reforma?
El foco principal está en el artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula cómo se convocan y celebran las juntas de propietarios. La nueva propuesta plantea que estas puedan hacerse:
- De forma presencial (como hasta ahora)
- Por videoconferencia
- Por conferencia telefónica múltiple
- O incluso en un formato mixto (algunos vecinos en persona, otros conectados online)
En todos los casos, será el secretario de la comunidad quien deba verificar la identidad de los asistentes y dejar constancia de ello en el acta. Si la junta se celebra exclusivamente por medios virtuales, los acuerdos se considerarán adoptados en el domicilio donde se encuentre el secretario o el administrador.
¿Qué más cambiará en las comunidades de propietarios?
Además de permitir las juntas de vecinos por videollamada, la enmienda trae otras novedades interesantes:
- Si al menos un 25% de los propietarios o de los coeficientes solicitan una junta, y el presidente no convoca en un mes, podrán hacerlo ellos directamente a través del secretario.
- Se elimina la doble convocatoria y el quórum mínimo de asistencia en las juntas.
- Los vecinos morosos no podrán solicitar la convocatoria de una junta.
- Se introduce la posibilidad de votar sin reunión presencial, mediante correo electrónico o postal, en temas no ordinarios, para agilizar decisiones urgentes.
¿Y qué pasa con el libro de actas?
El clásico libro de actas en papel también podría pasar a la historia. Con esta reforma, se podrá llevar en formato electrónico, lo que facilita muchísimo el archivo, consulta y gestión de la documentación comunitaria.
Además, el plazo para redactar y enviar el acta a los propietarios se ampliará de 10 días naturales a 20 días hábiles. Y podrá enviarse tanto al domicilio físico como al correo electrónico de cada propietario.
¿Qué supone esto para los propietarios?
Este paso hacia la digitalización de las comunidades supone una modernización muy necesaria. Las juntas de vecinos por videollamada no solo ahorrarán tiempo y desplazamientos, sino que también harán más fácil la participación de quienes no pueden acudir físicamente.
Claro, no todo será perfecto. Se requerirá una buena organización, herramientas digitales adecuadas y asegurar que todos los propietarios tengan acceso y conocimientos para participar.
Pero, si se gestiona bien, puede ser una revolución en positivo para la convivencia y la gestión vecinal.
Conclusión
La propuesta para permitir juntas de vecinos por videollamada abre una puerta muy interesante a la modernización de las comunidades de propietarios. Una medida que busca adaptarse a la realidad actual, donde el teletrabajo, las reuniones online y la digitalización ya son parte del día a día.
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