¿No usas el ascensor? Igual tendrás que pagar el mantenimiento: así lo ha dictado la justicia

En una reciente sentencia que podría marcar un antes y un después en muchas comunidades de vecinos, la Audiencia Provincial de Barcelona ha determinado que el mantenimiento de elementos comunes debe sufragarse por todos los propietarios, independientemente del uso que se haga de ellos. Esto afecta directamente a situaciones tan cotidianas como el ascensor de un edificio.
Este fallo responde a una disputa entre dos comunidades dentro de un mismo complejo inmobiliario: la de las viviendas y la del parking. Aunque solo uno de los cinco ascensores del edificio da servicio a ambos —plazas de garaje y pisos—, los jueces han sentenciado que ambas partes deben asumir por igual el coste de su mantenimiento, reparación y conservación. ¿La razón? Ese ascensor es un elemento común compartido, y su uso desigual no exime de la obligación de contribuir.
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¿Qué dice la ley sobre los elementos comunes?
La clave está en el artículo 553-45.1º del Código Civil catalán, que establece que los propietarios están obligados a participar en los gastos comunes conforme a su cuota de participación, salvo que el título constitutivo, los estatutos o acuerdos de la junta digan lo contrario.
En este caso, los estatutos indicaban que los gastos de conservación y mantenimiento de los ascensores deben ser asumidos por los propietarios de las plantas superiores, independientemente de si tienen o no propiedades en los garajes. Esto incluye a los propietarios de las viviendas, aunque no utilicen el ascensor en cuestión.
¿Qué ocurrió en este edificio?
Aunque el juzgado de primera instancia desestimó la demanda de los propietarios del parking, argumentando que ellos debían asumir todos los gastos porque así se recogía en el título constitutivo, la Audiencia Provincial ha visto las cosas de otra manera. Ha considerado que el ascensor, al estar conectado tanto a la vía pública como a las plantas superiores, presta servicio a ambas comunidades. Por tanto, la responsabilidad también debe ser compartida.
¿Y el uso no importa?
No. Según la sentencia, el mantenimiento de elementos comunes no depende del uso real que hagan los propietarios, salvo que exista una cláusula específica que así lo indique. Aunque pueda parecer más justo pagar según el uso, en la práctica, esta medida es difícil de aplicar y no se ajusta a la normativa vigente en la mayoría de los casos.
¿Qué implica esto para tu comunidad?
Si vives en una comunidad de propietarios, este caso debe hacerte reflexionar. Puede que estés pagando por servicios que no utilizas o, por el contrario, beneficiándote de instalaciones que no costean todos. Para evitar malentendidos, es clave revisar los estatutos de la comunidad y, si fuera necesario, proponer cambios en junta para adaptar los acuerdos a la realidad actual.
¿Tienes dudas sobre cómo se gestionan los mantenimientos de elementos comunes en tu comunidad? En AfincaLitas te ayudamos a entender tus derechos y obligaciones como propietario.