MÁS INFO

Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal: ¿Qué cambia para las obras de accesibilidad en comunidades?

Comunidades de Vecinos / Propietarios, Ley de Propiedad Horizontal

Si vives en una comunidad de vecinos y alguna vez te has planteado si es obligatorio poner un ascensor o construir una rampa, la respuesta ya tiene menos margen de duda. La nueva reforma de la Ley de Propiedad Horizontal trae cambios importantes, y el más destacado es que ahora las obras de accesibilidad en comunidades no solo son más obligatorias que nunca, sino que además las comunidades están obligadas a pedir ayudas públicas para llevarlas a cabo cuando algún vecino lo necesite.

Este nuevo marco legal no solo facilita las obras, sino que también abre la puerta a denunciar a la comunidad si se niega a realizarlas.

¿Por qué se modifica la ley?

Según datos del Ministerio de Derechos Sociales, en España hay cerca de 1,8 millones de personas en situación de dependencia, y alrededor de 100.000 no pueden salir de sus casas por falta de accesibilidad. La necesidad era urgente, y por eso el Consejo de Ministros aprobó el pasado 11 de febrero una reforma que cambia las reglas del juego.

Esta modificación afecta directamente a la Ley de Propiedad Horizontal, además de a otras normas relacionadas con la dependencia y la discapacidad.

¿Qué cambia con la reforma?

Hasta ahora, la instalación de un ascensor o una rampa requería el voto favorable de la mayoría de los propietarios y solo era obligatoria si la comunidad recibía ayudas que cubrieran al menos el 75% del coste de la obra.

Con la nueva reforma, todo eso se flexibiliza:

  • Obligación de solicitar ayudas públicas: Si un vecino con discapacidad o mayor de 70 años solicita una obra de accesibilidad, la comunidad tiene la obligación legal de pedir las ayudas disponibles para ejecutarla.
  • Menos requisitos económicos: El límite de financiación pública baja del 75% al 70%, facilitando el acceso a subvenciones y haciendo más viable la ejecución de la obra.
  • Posibilidad de denuncia: Si la comunidad no cumple con la obligación de pedir las ayudas o de hacer la obra cuando sea legalmente exigible, se podrá denunciar ante las autoridades competentes.

¿Qué tipo de obras se consideran accesibilidad?

Cuando hablamos de obras de accesibilidad en comunidades, nos referimos principalmente a:

  • Instalación de ascensores.
  • Colocación de rampas.
  • Dispositivos mecánicos o electrónicos que ayuden a la movilidad o la comunicación.
  • Adaptación de portales o accesos comunes.

Todo aquello que facilite el día a día de personas con movilidad reducida o mayores que necesitan mayor autonomía para moverse dentro del edificio.

Un cambio de mentalidad: accesibilidad como derecho

Además de los cambios prácticos, esta reforma también pone sobre la mesa un cambio de visión: ya no se trata solo de “hacer obras”, sino de garantizar derechos. La accesibilidad universal se reconoce legalmente como un derecho fundamental, y se busca facilitar vidas más independientes y dignas en todas las etapas de la vida.

También se eliminan trabas que antes complicaban el acceso a prestaciones por dependencia, se mejora la asistencia personal, se impulsa la ayuda a domicilio y se reconoce la teleasistencia como derecho subjetivo.

¿Qué implica para tu comunidad?

En resumen: si en tu comunidad vive una persona mayor de 70 años o con una discapacidad que necesita una rampa, un ascensor u otra adaptación, ya no vale negarse. La ley obliga a actuar, a pedir ayudas y, si se cumplen las condiciones, a realizar la obra. Y si no se hace, se puede denunciar.

Desde Afincalitas, te ayudamos a gestionar correctamente este tipo de obras, a tramitar las subvenciones disponibles y a garantizar que tu comunidad cumpla con la normativa sin conflictos innecesarios.

¿Tu edificio está preparado para esta nueva etapa? Si no lo tienes claro, contacta con nosotros. Estaremos encantados de asesorarte.

Contacta con Afincalitas
GuíaBurros Comunidades de vecinos

Servicios de Administración de Fincas

Comunidades de Vecinos o Propietarios

Administración y Gestión de Fincas

Ley de Propiedad Horizontal

Actualidad Comunidades de Vecinos

Últimos artículos

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 4 / 5. Recuento de votos: 3

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Administración de Fincas, AFINCALITAS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.