¿Tengo que avisar a la comunidad de propietarios si hago obras en mi casa?

Todos tenemos derecho a realizar una remodelación en nuestra vivienda, pero debemos saber que hay una serie de normas, desconocidas aún por algunos, que cumplir. Una de las preguntas más frecuentes es: ¿es necesario avisar a la comunidad de propietarios si hago obras en mi casa?
¿Quién no ha sufrido alguna vez las incansables obras en la casa de algún vecino en las que retumbaban nuestras paredes? Es posible que todos hayamos pensado alguna vez en quejarnos al presidente o presidenta de la comunidad, al vecino en cuestión, y más de uno seguro que ha llamado a la policía.
Sin embargo, debemos saber que, en la mayoría de los casos, las obras, por muy molestas que nos resulten, suelen ser autorizadas previamente por el presidente de la comunidad.
Vamos a ver en qué casos tenemos que avisar a la comunidad de propietarios si hacemos obras en casa.
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¿Es obligatorio avisar a la comunidad de propietarios si hago obras?
La realidad es que siempre que decidimos hacer una obra en casa, tenemos que avisar a la comunidad de propietarios. Por tanto, sí, es obligatorio.
Así, tal y como recoge la Ley de Propiedad Horizontal, «los propietarios estamos autorizados a modificar nuestras viviendas siempre y cuando estas actuaciones no perjudiquen a otro propietario o alteren la estructura, seguridad o configuración del edificio’’.
¿Cómo avisar a la comunidad de propietarios de las obras?
Si nos decidimos a realizar una remodelación en nuestra vivienda, el modo de avisar a la comunidad de propietarios de las obras será contactando con el presidente de esta.
El objetivo es que este pueda asegurarse de que las actuaciones son legales y que no van a alterar los espacios comunes del inmueble.
No obstante, comunicárselo al presidente de la comunidad no significa que estemos autorizados inmediatamente a realizar la obra, ya que es recomendable avisar también al resto de vecinos para lograr ese buen ambiente que todos deseamos en nuestra comunidad de propietarios. Además, esto tiene alguna explicación.
¿Cuándo tenemos que avisar a todos los vecinos de la comunidad de propietarios de nuestra obra?
Bien, como hemos dicho, la obligatoriedad reside en avisar al presidente de la comunidad, pero hay una excepción: cuando nuestra obra vaya a afectar a alguna zona común del edificio o urbanización, tendremos que avisar a todos los vecinos de la comunidad de propietarios de nuestra obra.
Así, las reformas se someterán a una votación durante una junta de vecinos en la que se decidirá si pueden realizarse. No obstante, si existe un acuerdo previo sobre la obra, no será necesario convocar la junta.
Además, aquellas reformas que afecten de algún modo a las zonas comunes tendrán que ser aprobadas de forma unánime.
¿Qué ocurre si hago obra sin consultar a mis vecinos?
En caso de que hagamos una obra en la vivienda sin consultar a nuestros vecinos o sin que haya sido aprobada por el resto de propietarios de la comunidad, podremos enfrentarnos a una multa o indemnización por daños y perjuicios.
En estos casos, la comunidad tendrá un plazo de reclamación de 15 años en el que los vecinos pueden decidir cómo actuar judicialmente. Además de pagar la multa, es probable que los vecinos nos obliguen a devolver las zonas comunes a su estado anterior (si afectaba también a estas), con todos los gastos que esto conlleva.
¿Cuánto tiempo puede durar una obra en un piso?
Hablando de estimaciones y fechas aproximadas, podemos afirmar que una reforma de remodelación de una casa puede durar desde 3 días hasta 3 meses en caso de una casa pequeña.
Por otro lado, una vivienda mediana toma un tiempo promedio entre 4 y 16 semanas.
Y la reforma completa de una casa grande puede durar hasta 6 meses, llegando al año, incluso.
Horarios permitidos en una comunidad de propietarios para las obras
Otra de las cuestiones a tener en cuenta para evitar un conflicto en nuestra comunidad de propietarios cuando realizamos una obra son los horarios permitidos.
Los administradores de fincas de Madrid han tenido que lidiar en muchas ocasiones con problemas derivados de horarios y obras, por eso mismo te recomendamos contar con un administrador de fincas colegiado que te guíe en el proceso de las obras en tu comunidad.
Así, para evitar problemas relacionados con el ruido y la suciedad, las normas indican que las obras deben realizarse:
- Días laborales: de 8:00 a 21:00 horas.
- Uso de maquinaria de 8:00 a 20:00.
- Fines de semana o festivos: de 9:30 a 21:30 horas.
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