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Empleados en las comunidades de propietarios: ¿quiénes son y cuál es su función?

Comunidades de Vecinos / Propietarios

Las comunidades de propietarios cuentan con diferentes empleados que prestan sus servicios para ayudar al buen funcionamiento de estas.

Gracias a las labores que desempeñan los trabajadores de las comunidades de vecinos, las zonas comunes, jardines, etc., están cuidados, acondicionados y vigilados. Por tanto, podemos decir que los empleados de las comunidades de propietarios son un pilar fundamental para el buen funcionamiento de estas.

¿Quiénes son los empleados en las comunidades de propietarios?

Según el Convenio Colectivo de empleados de Fincas Urbanas de Madrid, existen seis tipos de empleados en las comunidades de propietarios, es decir, seis tipos de empleados de fincas urbanas: portero, conserje, jardinero, limpiador, vigilante de garaje y controlador.

¿Cuáles son sus funciones?

Los empleados de las comunidades de propietarios representan una de las figuras más importantes dentro de estas ya que el buen funcionamiento depende de ellos, en gran medida.

A continuación, te contamos cuáles son las funciones de cada uno de ellos:

Porteros y conserjes

Como te contamos en este artículo sobre los porteros y los conserjes de una comunidad de propietarios, no existe una gran diferencia entre las funciones que realizan uno y otro, ya que la mayor distinción reside en que el portero vive en el mismo edificio que el resto de vecinos.

Así pues, podemos decir que las funciones de estos empleados de una comunidad de propietarios son:

  • Limpiar y cuidar del portal del edificio, las escaleras, los pasillos y rellanos, el patio, el sótano y aquellas zonas de la comunidad de propietarios a las que se acceda mediante de un elemento común.

Hay algunas zonas del edificio o urbanización que el conserje o portero no está obligado a limpiar.

  • Vigilar las zonas comunes, así como a las personas que entran y salen del edificio, tratando de evitar posibles intrusiones, vandalismo o robos.
  • Cuidar de los pisos y locales vacíos
  • Abrir y cerrar el portal, encender y apagar las luces de la comunidad, y hacerse cargo de la correspondencia y avisos para el Administrador y los propietarios.
  • Si se acuerda, deberá recibir los alquileres y las cuotas de la comunidad.
  • Si se entera de algún intento de ocupación, robo o cualquier otra acción que pueda perjudicar a la comunidad de propietarios, deberá comunicarlo al presidente.
  • Encender y apagar, y encargarse de mantenimiento de la calefacción y el agua caliente, y de los ascensores y montacargas.
  • Trasladar los cubos de basura al lugar que se haya destinado para que sean llenados, y una vez llenos, hasta donde se recoja la basura habitualmente.

 

Limpiadores

Su contrato está especificado para llevar a cabo las funciones de limpieza de la comunidad de propietarios. Además, debe ser el presidente o presidenta quien decida y marque al empleado o empleada qué zonas son las que tendrá que limpiar.

Cabe destacar que aquellas urbanizaciones o fincas que cuenten con piscina, gimnasios, etc., deben contar con personas que limpien estas zonas, ya que el portero o conserje no tiene responsabilidad de ello.

Jardineros

Aquellas comunidades que cuenten con zonas verdes, jardines, etc., deben contratar a una persona que se encargue del cuidado y mantenimiento de estas zonas.

Vigilantes

Por lo general, en este caso de los empleados de una comunidad de propietarios, hablamos de vigilantes de garaje, que se encargan de la limpieza y vigilancia del garaje.

Controladores de la comunidad de propietarios

Estos empleados de la comunidad de propietarios tienen la función de vigilar y controlar la comunidad de propietarios, tratando de mantener la normalidad en la finca y supervisando todo aquello que el presidente le haya marcado.

Responsabilidad de la comunidad de propietarios con sus empleados

Al igual que en todas las empresas y sociedades, la comunidad de propietarios tiene que tener cierta responsabilidad con los empleados a su cargo.

De este modo, la comunidad debe tener regularizada la situación de la persona que trabaja en sus instalaciones.

Todos los trabajadores de las comunidades de propietarios tienen que contar con un contrato de trabajo, así como estar dados de alta en la seguridad social, independientemente de las horas que trabaje.  

En este sentido pueden darse dos casos distintos:

  • Que el trabajador sea autónomo y tenga más de un centro de trabajo.
  • Que la comunidad de propietarios contrate directamente a alguien. E

Así, tras leer lo anteriormente citado, entendemos que los empleados de una comunidad de propietarios están obligados a realizar registros de su jornada laboral y, por su parte, la comunidad deberá cumplir con los contratos que se hayan firmado con estos trabajadores.  

Si necesitas asesoramiento sobre la contratación de empleados en tu comunidad de propietarios, llámanos. Te asesoramos y te ayudamos a elegir las mejores opciones para cuidar tu finca.

 

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